Respetable Sr/a:
Espero que esta carta sea de su agrado e interés y pueda servirse de ella para cualquier necesidad o conveniencia que usted estime oportuna.
Un cordial saludo.

                                       AMPARAR: UN DERECHO INDISPENSABLE

 

             En el año 445 a.C. los patricios romanos promulgaron la primera ley de amparo todavía vigente y que conocemos como ley de la patria potestad, la cual, manifestaba el deber de los padres a otorgar ropa, comida y lecho a los hijos siendo menores de edad. Con esta ley, muchos de ellos, obtendrían la condición necesaria para poder librarse del trabajo que a menudo se les encomendaba realizar siendo tan jóvenes.

            Con un derecho de amparo tan breve y fugaz, como sin él, la especie humana ha sido transportada a lo largo de los siglos hacia su multiplicación, para llegar a ocupar algún día por completo este amplio y extenso planeta. Por lo tanto, imaginar los efectos de una derecho de amparo constante, permanente o imperecedero, ha sido hasta ahora, con la llegada de un mundo prácticamente ya del todo ocupado un ejercicio naturalmente inimaginable, pues con él, los niveles demográficos jamás  hubieran llegado a desarrollarse.

             Hoy, dos mil quinientos años después de la promulgación de esta ley y con la llegada de un mundo pleno y ocupado, es cuando podemos imaginar los efectos que un derecho de amparo continuado, podría reportarnos como ciudadanos y que para mí, serian los siguientes:        

              - En primer lugar, poder recolectar los frutos de una libertad inédita hasta hoy y necesaria para que cada ciudadano pueda escoger su destino de manera libre y natural, sin autoexigencias,  imposiciones paternas ni influencias externas.

              - En segundo, obtener, el aparato idóneo capaz de regular, de manera natural, los niveles demográficos de cualquier nación, para los siglos venideros.

              - Como tercero, frenar los niveles de contaminación y destrucción planetarios debidos a nuestro sistema actual de consumo y capitalismo.

              Así, podremos llegar a evitar muy  pronto las guerras, la pobreza, la enfermedad, el hambre, el maltrato, la prostitución, la esclavitud, la delincuencia, la emigración, el paro, la droga, la injusticia, la desigualdad, la contaminación, la masificación, evitar la destrucción de planeta y descubrir un mundo sano y pacífico, controlado por una ley básica:

              Un derecho de amparo ilimitado (cama, ropa y comida) para todas aquellas personas que deseen optar por una vida inactiva.

             Tres semanas de tiempo, es tiempo suficiente para hacer una reflexión sensata y prudente y para asegurarnos de que no existe otra solución posible, es decir, una solución que sea capaz de resolver los problemas que cotidianamente convivimos y que también sea capaz de aportarnos el requisito indispensable para que nuestra sociedad funcione y alcancemos la perfecta convivencia entre todos nosotros: libertad.

              Después de mucho tiempo de continuada correspondencia, los políticos han sido incapaces de reformar una ley tan simple y sencilla, severa y terrible, pobre e injusta y tan trágica, que de algún modo a todos nos involucra y afecta.

              La reforma de la ley de amparo actual (patria potestad o derecho de amparo), es para mí y espero que pronto lo sea también para todos nosotros, un ejercicio urgente y necesario pendiente todavía de realizar a través de las instituciones, vías u organismos políticos y civiles ya sean de ámbito nacional o internacional, como por los medios  jurídicos y legislativos que estén a nuestro alcance.

              Espero que esta situación se resuelva pronto a fin de evitar nuevos males, para que podamos conocer la paz, descubrir todos sus frutos y para poder alcanzar la salud y el bienestar que todos como seres humanos necesitamos.

              ¡Por un derecho de amparo justo, necesario y urgente!  

              Las cartas que a continuación adjunto, son una breve muestra de mi correspondencia a lo largo de este tiempo.   

Josep C. E.