Estatutos
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artº 1º.- DENOMINACIÓN Y NATURALEZA
Con la denominación de CLUB UNESCO DE PECHINA, en 1996 se constituyó en esta localidad de la provincia de ALMERÍA, una entidad de naturaleza asociativa, de voluntariado y sin ánimo de lucro, al amparo de la Constitución Española para promover la comprensión de los objetivos y los
ideales de la UNESCO y trabajar para la realización de sus programas de acuerdo a las directrices de la Comisión Nacional de España en colaboración con UNESCO.
La Asociación se rige por lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y demás disposiciones vigentes dictadas en desarrollo y aplicación de aquélla, así como las disposiciones normativas concordantes.
El Régimen de esta Asociación se determinará por lo dispuesto en los presentes Estatutos que le enviaremos previa petición expresa.
