Alfonso X dividió el almirantazgo en dos: uno para las andaluzas y otro para las cantábricas, con sede en Burgos y en Castro Urdiales. De este mismo reinado se tiene constancia de otros privilegios para varias villas asturianas, montañesas y guipuzcoanas (Pasajes, Zarauz, San Vicente de la Barquera, Guetaria,) debido a los servicios prestados por sus marinos.
Pero los fueros y privilegios de las villas marineras ya venían de atrás.
Don García, rey de Navarra, concedió fueros y privilegios a Santa María del Puerto Santoña;
Sancho el Sabio concedió el fuero de San Sebastián;
Alfonso VIII los de Castro, Santander, Guetaria, Laredo, Motrico, Fuenterrabía;
Fernando III el Santo los de Zarauz, Tuy, Cadiz y Sevilla, etc.
Las primeras noticias históricas sobre la pesca de la ballena en el litoral vasco se remontan a 1059, en que Bayona obtiene el privilegio de vender productos de la ballena en su mercado.
El Fuero de San Sebastián, de la segunda mitad del s. XII, ya regula los derechos de aduana por las barbas de ballena.
El año 1200 Alfonso VIII y su esposa hicieron donación a la orden de Santiago de una ballena pescada en Motrico.
Fernando III, el 28 de septiembre de 1237, emitió una cédula por la que se atribuía un tajo, desde la cabeza a la cola, de cada ballena pescada, además de reservarse la primera de todas.
En las Ordenanzas de Lequeitio de 1381 se disponía que los dos tercios del producto de las lenguas de ballenas que pescasen los marineros de este puerto fueran dedicados al arreglo de muelles.
Una ordenanza de San Sebastián prohibe, en 1415, la destilación del aceite de ballena dentro de los muros de la ciudad. Existen sellos de diversas villas de la costa en los que figuran escenas de la pesca de la ballena.
Actualmente conservan la efigie de una ballena los sellos municipales de Guetaria, Motrico, Ondárroa, Lequeitio, Biarritz , Bermeo ,Castro Urdiales, Hondarribia,