CASTILLO IGLESIA ERMITA MUSEO
 

El Castillo

El castillo se encuentra ubicado en el cerro de la ermita. Esta impresionante construcción fue edificada en la segunda mitad del siglo XV, por los López de Ayala, que llegaron a ser Condes de Fuensalida. Está formado por casi todas las partes propias de un castillo con su foso, barbacana, torre del homenaje, puente levadizo, etc.

    Cedula Real de Enrique IV de 29 de julio de 1468 firmada en Madrid, concediendo permiso a D. Pedro López de Ayala para continuar la construcción de la fortaleza, que había principiado en Guadamur y concediéndole permiso para edificar otra  en  Huecas.   Así pues la  fecha de comienzo de edificación anterior a 1468 y  la  de finalización podría  estar  muy  cerca  de  1470,  según  algunas  fuentes,  que es cuando este mismo rey  le concede el título de Conde de Fuensalida, pues en esa localidad donde tenía la mayoría de las propiedades.  

Visitaron y habitaron el castillo, la reina Juana y Felipe I, Cisneros, Carlos V, entre otros . 

Durante los siglos XVI y XVII sirvió de cárcel secreta de la Inquisición .  La princesa de Eboli estuvo a punto de venir al castillo presa desde la Torre de Pinto, pero en el último momento, pensando en Conde de Fuensalida que aún utilizaría el castillo como morada veraniega, convenció a Felipe II y la princesa fue llevada  la fortaleza de Santorcaz   y en 1581 a su Palacio de Pastrana.   Pocos años después en 1590, el conde ya no pudo eludir, que el castillo fuese utilizado como prisión de D. Miguel de Piedorla Beaumont y acto seguido de Doña Juana Coello Vozmendiano y sus hijos, esposa de Antonio Pérez, secretario de Felipe II 

sufrió un lento declinar desde mediados del XVIII, hasta 1890, en que fue restaurado por el Conde de Asalto, que lo habitó con su familia.

COMPRA-VENTA DEL CASTILLO EN EL SIGLO XIX.-  

             Como sabemos todos, el castillo de Guadamur fue construido por los López de Ayala, condes de Fuensalída a finales del siglo XV y comienzos del XVI, tras varios siglos de buen uso, su abandono a principios del siglo XIX lo hacen deteriorarse, ya en este siglo el castillo, como buena parte de las tierras del término, habían pasado por enlaces familiares y herencias a la casa ducal de Frías,  en la persona de D. Bernardino Fernández Velasco, miembro de una de las más ilustres familias de la nobleza española, seis veces Grande de España .  En  1843 el ayuntamiento de Guadamur consigue de éste, no sin algún pleito, que las tierras que venían cultivando, bajo censo enfitéutico,  pasen al los agricultores del pueblo , no así la Dehesa Nueva , Viñas de Arriba , otras tierras y el castillo. 

          Ya en 1880 tres  propietarios  de Guadamur Don  José Guillermo Sánchez de Diego ,  Don Bonifacio Rodríguez y Sánchez  y Don Ildefonso Bejerano Vázquez deciden comprar el castillo  al descendiente de Don Bernardino Fernández Velasco . Durante esos años,  estos tres vecinos alojan en él a pobres y necesitados. Sin embargo su deterioro era notable. Siete años más tarde  D. Jerónimo López de Ayala y del Hierro Vizconde de Palazuelos   , descendiente también de los Ayala y yerno del Conde de Asalto anima a éste a comprarlo para su restauración y  segunda vivienda,  cosa que realizan con sumo gusto y acierto, no en balde Don Jerónimo era especialista en historia del arte  y  el conde un gran medievalista.

Don Ramón Morenés y Tord había nacido en la Nou del Gaya de la Provincia de Tarragona  en 1835 . Fue  senador electo  en la cámara  alta por la provincia de Tarragona  en las legislaturas 1876-77, 1884-85 y 1891-93. Estaba casado con  doña María Fernanda García- Alessón y Pardo de Rivadeneyra , VI Condesa de Asalto de quien lleva el título.

                              Venta de un castillo en Guadamur otorgada por Don José Guillermo   Sánchez  y Don Bonifacio Rodríguez  a favor de los Excelentísimos Señores Conde de Asalto y Vizconde de Palazuelos              Número 28     Mayo   4  de  1887

        En la villa de Guadamur a cuatro de mayo de mil ochocientos ochenta y siete , ante mi Don Mauricio Sánchez y Figueroa  Notario del ilustre colegio territorial de Madrid con residencia en el inmediato pueblo de Polán, y de los testigos  que se expresarán comparecen :

     De una parte: Don José Guillermo Sánchez y de Diego , y Don Bonifacio Rodríguez y Sánchez, vecinos y empadronados en esta dicha villa, de estado casados, de setenta y dos, y  cincuenta y cinco años de edad, labradores, exhibiendo las respectivas cédulas personales que en siete de noviembre y diez y siete de octubre anterior les ha expedido esta Alcaldía con los números setenta y tres y ocho de novena clase.

     Y de otra parte : Don Juan López  de las Hazas vecino y empadronado en la ciudad de Toledo, presbítero, de cuarenta y seis años de edad, exhibiendo también la cédula personal   que en seis de septiembre del año próximo pasado le ha expedido la Administración de propiedades e impuestos de esta provincia con el número tres mil trece.

    Se hallan en el pleno estado  de sus facultades intelectuales  goce de los derechos civiles, y por tanto con la capacidad legal necesaria para otorgar esta Escritura a la que comparecen los primeros en uso de su propio derecho y el Don Juan López en nombre y representación de los Excelentísimos Señores Don Carlos Morenés y Tord, Varón de las Cuatro Torres, Conde de Asalto, casado de cincuenta y cinco años de edad y vecino de Madrid y Don Jerónimo López de Ayala y del Hierro, Vizconde  de Palazuelos, también casado, vecino de Madrid, propietarios, en virtud de mandato verbal  que asegura tener de dichos señores ; y manifestaron lo siguiente:  

Primero: Que al Excelentísimo Señor Duque de Frías le pertenecía en esta dicha Villa en pleno dominio un castillo ruinoso extramuros de la misma situado en el Cerro que llaman de la Natividad , compuesto de una Torre, plaza de armas y varias piezas todo ello en muy mal estado  y rodeado de murallas ignorándose la medida superficial que ocupa, que linda por los cuatro puntos cardinales con terrenos de varios de los vecinos y la Ermita de la Natividad.

Segundo : Que no conviniéndole sin duda continuar en el disfrute del expresado inmueble su Administrador D. Cipriano García y García, vecino de Santa Olalla con poder suficiente para el caso se lo vendió a Don Ildefonso Bejerano Vázquez   y a los compareciente Don José Guillermo Sánchez y de Diego y  Don Bonifacio Rodríguez y Sánchez  por partes iguales mancomunados o pro indiviso libre de cargas según las escrituras que otorgaron  en Santa Olalla a catorce de mayo de mil ochocientos ochenta, ante Don Narciso Pastor y Larios, Notario de Escalona Cuya Primera copia se inscribió en el Registro de la Propiedad de este partido, tomo doscientos veintiséis, libro veinte y cinco del Ayuntamiento de Guadamur, folio ciento cuarenta y dos  finca número mil ochocientos setenta  inscripción primera.  

Tercero : Que tienen convenida la enajenación del inmueble que se ha descrito con los  Excelentísimos Señores  Conde de Asalto y Vizconde de Palazuelos, antes citados y como el copartícipe Don Ildefonso Bejerano y Vázquez  reside en la villa de Gálvez y no le es posible concurrir al otorgamiento de esta Escritura sin perjuicio de hacerlo por separado de su tercera parte según está convenido, los comparecientes  Don José Guillermo Sánchez y de Diego y Don Bonifacio Rodríguez y Sánchez  venden a los Excelentísimos Señores Don Carlos de Morenés  y Tord, Varón de las Cuatro Torres, conde de Asalto  y a Don Jerónimo López de Ayala y del Hierro Vizconde de Palazuelos  el castillo ruinoso o sean las dos terceras partes que pro indiviso con  Don Ildefonso Bejerano Vázquez les pertenecen en el mismo, en el estado ruinoso tal y conforme se encuentra pero libre de toda carga gravamen y responsabilidad   en precio de mil ochocientas treinta y tres pesetas treinta y dos céntimos correspondiendo a cada uno de los otorgantes por su tercera parte ochocientas diez y seis pesetas sesenta y seis céntimos, los mismos que en este acto a mi presencia y la de los testigos reciben de los Señores compradores por mano del compareciente D. Juan López de las Hazas, en metálico, dándose por satisfechos otorgando a favor de dichos Excelentísimos Señores la carta de pago que más convenga a su seguridad y firmeza y obligándose a la concesión de esta venta con arreglo a derecho y en prueba y señal de la transacción del dominio entregan al Don Juan López  el título de propiedad que se ha relacionado único documento que dicen tener justificativo de su adquisición.  

Cuarto: El Don Juan López y de las Hazas, dice; Que no siéndoles posible a sus principales Excelentísimo Señores  Don Carlos Morenés y Tord , Varón de las Cuatro Torres, Conde de Asalto, y Don Jerónimo López de Ayala y del Hierro, Vizconde de Palazuelos concurrir al  otorgamiento de la presente escritura  y si formalizar de una manera solemne la adquisición del inmueble objeto de la misma , le han autorizado verbalmente para su aceptación  y en su virtud enterado de esta escritura sus cláusulas y efectos otorga : Que la acepta en todas sus partes en nombre y representación de  sus antedichos principales y recibe para entregársele a éstos el título de propiedad que le entregan los vendedores.  

Y yo el notario a los efectos oportunos y además de los legales hago las siguientes advertencias .Que la aceptación de esta venta ha de ratificarse  por los Excelentísimos  Señores compradores, puesto que el Don Juan López ,  es solamente mandatario verbal  y no escriturario.

Que no se ha exigido la comparecencia del copartícipe  de Ildefonso Bejerano Vázquez , porque este ha de otorgar separadamente otras escrituras de su tercera parte según manifiestan los otorgantes, tener convenido.

Que a favor del Estado, la Provincia y el Municipio de esta villa queda reservada la hipoteca legal preferente que tienen sobre cualquier otro acreedor para el cobro de la última  anualidad de los impuestos repartidos y no satisfechos por cuenta de la finca enajenada .

Que dentro del término de los treinta días contados desde mañana h de presentar la primera copia de esta escritura en la Oficina correspondiente para la liquidación del impuesto que   devenga la hacienda y satisfacerle  en los dieciséis siguientes  al de su presentación, bajo las multas impuestas a los  morosos en el reglamento provisional siguiente , que después se ha de inscribir en el Registro de la  Propiedad   de este mismo partido sin cuyo  requisito no será admisible en ningún tribunal, consejo ni oficina del gobierno cuando se intente acreditar cualquier derecho procedente de este contrato, el cual tampoco podrá oponerse ni perjudicar a tercero sino desde la fecha de si inscripción  en dicho  registro.

Y habiendo leído íntegramente esta Escritura a los señores otorgantes y testigos por un haber usado del derecho que les advertí tenían a leerla  por sí, se afirman y se ratifican aquellos en su contenido.

Así lo dijeron y otorgaron a presencia de los testigos León Ayuso y Sánchez y Bautista Escribano y Pérez , vecinos de esta Villa y mayores de toda opción  y lo firman excepto el Don José Guillermo Sánchez que aunque sabe no puede por imposibilidad  física haciéndolo  a su ruego con el otro testigo León Ayuso.

El conocimiento de los señores otorgantes y testigos  y de todos los demás particulares contenidos en el presente instrumento público  y el notario doy fe.         

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Fotografiás 1887-1936

 

 

 
                                                              

  IGLESIA PARROQUIAL DE SANTA MARÍA MAGDALENA

Ubicada en la la Plaza de Recesvinto, se empezó a construir a comienzos del siglo XVII, con dos fases posteriores en 1700 y 1905 de planta basilical, destacan las capillas del Cristo y de la Soledad. Los techos están cubiertos con bellos artesonados medéjares.

                                 

    ÉPOCAS CONSTRUCTIVAS

En la primera fase de construcción se edificó solamente, la nave central, con espadaña,  ábside bautismal en sus pies, el presbiterio con su cimborio y la sacristía.

La primitiva traza de arco apuntado del arco triunfal, que sirve de acceso entre nave y presbiterio, nos podía hacer pensar en una mayor antigüedad de la obra, aunque esto puede ser debido a la falta de destreza de los alarifes. A esta nave, en su lado derecho, inmediatamente después del arco triunfal, se le adosó una pequeña capilla, de planta rectangular, que cobijó hasta 1905 al Santísimo Cristo de la Piedad.

La segunda fase de construcción, consistente , en la ampliación de la nave lateral izquierda, data de 1702, según consta en la placa de barro cocido colocada encima de la puerta que se abrió en esta nave . El procedimiento seguido, fue la construcción completa de la nave, adosada a la ya existente y la apertura de los cuatro arcos en la pared de la nave central.

En la cabecera se construye una habitación de planta triangular, que sirvió de osario o calvero del cementerio próximo , calvero que degenerado fonéticamente en "Carnero" dio nombre a la calle inmediata. A los pies de esta nueva nave se construye una habitación para que sirva de ubicación a la escalera de acceso al coro alto, que, posiblemente se construye también en estos años.

A principios del siglo XX, ante la necesidad de un templo más espacioso, se planteó la ampliación y remodelación del existente, impulsada por el Sr. Cura de entonces D. Juan Carrillo de Silos. La necesidad era real, ya que la localidad en el primer cuarto de siglo alcanza su máximo histórico las 2.015 almas , según ceso del Ayuntamiento.

Por las gestiones oportunas del Marqués de Grigny por R .O. de 23 de Abril de 1904 se consigue una subvención del Ministerio de Gracia y Justicia del 60% del total del presupuesto de la obra que ascendía a la cantidad de 16.154 pesetas . El 40 % restante lo tuvo que aportar el pueblo de forma extraordinaria por cuestación personal. Adjudicada al vecino de la localidad D. Pedro Gutiérrez, la obra consiste en la ampliación con la nave lateral derecha . La remodelación y en lucido general el templo; así como la delimitación del atrio con un muro, rodeando lo que fue el antiguo cementero parroquial, trasladado ala ermita un siglo antes.

La nave fue construida mediante un zócalo alto de mampostería, machones y verdugadas de ladrillo y entrepaños de adobe o tapial. Una vez construida se procedió a la apertura de los arcos para comunicarla con la nave central. El espacio de cabecera de la nueva nave se cerró sirviendo de ampliación de la sacristía. Y a los pies se ubicó la pila bautismal. A finales de los años de los 70 la iglesia disfruta de su última remodelación que la deja con su aspecto actual.

                                                                                                                             

                  

 
                      ERMITA DE NUESTRA SEÑORA DE LA NATIVIDAD

Esta ermita , sin duda el edificio más antiguo de la localidad, se encuentra en el cerro de su nombre , muy próxima al castillo. De estilo mudéjar, de una sola nave con ábside semicircular, destaca en su interior un icono de tradición bizantina representando a La Virgen niña y Santa Ana, a su alrededor y pendientes de una interesante cúpula de ladrillo, reproducciones de las coronas visigodas de Guarrazar cumpliendo la función votiva que tuvieron las originales

 

 

 

MUSEO DE ARTESANÍA Y COSTUMBRES POPULARES DE LOS MONTES DE TOLEDO

En la calle Toledo nos encontramos con la antigua ermita de San Antón, en ella se encuentra albergada desde 1977, una interesante colección de artesanía y útiles antiguos de esta comarca de Los Montes de Toledo. La Asociación Cultural Montes de Toledo , fue quien lo creó y conserva.

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