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El
texto definitivo de la Declaración
Universal de los Derechos del Animal fue
adoptado por la Liga Internacional de los
Derechos del Animal y por las Ligas
Nacionales afiliadas después de la 3ª
Reunión sobre los derechos del animal,
celebrada en Londres del 21 al 27 de
septiembre de 1977.
La
declaración proclamada el 15 de octubre
de 1978 por la Liga Internacional, las
Ligas Nacionales y por las personas
físicas que se asocien a ellas, fue
aprobada por la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la
Ciencia y la Cultura (UNESCO) y
posteriormente por la Organización de las
Naciones Unidas (ONU).
PREÁMBULO
-
Considerando que todos los animales poseen
derechos.
-
Considerando que el desconocimiento y el
menosprecio de estos derechos han llevado
y llevan al hombre a cometer atentados
contra la naturaleza y contra los
animales.
-
Considerando que el reconocimiento por la
especie humana del derecho a la existencia
de otras especies animales constituye el
fundamento de la coexistencia de las
especies de todo el mundo.
-
Considerando que los genocidios son
perpetrados por el hombre y amenazan con
seguir produciéndose.
-
Considerando que el respeto a los animales
por el hombre es vinculante al propio
respeto entre los hombres.
-Considerando
que la educación ha de proporcionar en la
infancia la observación, comprensión,
respeto y afecto con respecto a los
animales.
PROCLAMAMOS
LO SIGUIENTE
Artículo
1
A) Todos
los animales nacen iguales ante la Vida y
tienen los mismos derechos a la
existencia.
Artículo 2
A) Todo
animal tiene derecho al respeto.
B) El
hombre, en tanto que especie animal, no
puede atribuirse el derecho de exterminar
a otros animales, o de explotarlos
violando este derecho. Tiene la obligación
de poner sus conocimientos al servicio de
los animales.
C) Todos
los animales tienen derecho a la atención,
a los cuidados y a la protección del
hombre.
Artículo
3
A) Ningún
animal será sometido a malos tratos ni
actos de crueldad.
B) Si es
necesaria la muerte de un animal, ésta
debe ser instantánea, indolora y no
comportará angustia alguna para la víctima..
Artículo
4
A) Todo
animal perteneciente a una especie salvaje
tiene derecho a vivir libremente en su
propio ambiente natural, terrestre, aéreo
o acuático, y a
reproducirse.
B) Toda
privación de libertad, incluso aquella
que tenga fines educativos, es contraria a
este derecho.
Artículo
5
A) Todo
animal perteneciente a una especie viva
tradicionalmente en el entorno del hombre,
tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y
en las condiciones de vida y libertad que
sean propias de su especie.
B) Toda
modificación de dicho ritmo o dichas
condiciones que fuera impuesta por el
hombre con fines mercantiles es contraria
a este derecho.
Artículo
6
A) Todo
animal que el hombre ha escogido como
compañero tiene derecho a que la duración
de su vida sea conforme a su longevidad
natural.
B) El
abandono de un animal es un acto cruel y
degradante.
Artículo
7
A) Todo
animal de trabajo tiene derecho a una
limitación razonable del tiempo e
intensidad del trabajo, a una alimentación
reparadora y al reposo.
Artículo
8
A) La
experimentación animal que implique un
sufrimiento físico o psicológico es
incompatible con los derechos del animal,
tanto si se trata de experimentos médicos,
científicos, comerciales, o de cualquier
otra forma de
experimentación.
B) Las técnicas
alternativas deben ser utilizadas y
desarrolladas.
Artículo
9
A) Cuando
un animal es criado para la alimentación
debe ser nutrido, instalado y
transportado, así como sacrificado, sin
que ello resulte para él motivo de
angustia o dolor.
Artículo
10
A) Ningún
animal debe ser explotado para
esparcimiento del hombre.
B) Las
exhibiciones de animales y los espectáculos
que se sirvan de animales son
incompatibles con la dignidad del animal.
Artículo
11
A) Todo
acto que implique la muerte del animal sin
necesidad es un biocidio, es decir, un
crimen contra la vida.
Artículo
12
A) Todo
acto que implique la muerte de un gran número
de animales salvajes es un genocidio, es
decir, un crimen contra la especie.
B) La
contaminación y la destrucción del
ambiente natural conducen al genocidio.
Artículo
13
A) Un
animal muerto debe ser tratado con
respeto.
B) Las
escenas de violencia en las que los
animales son víctimas deben ser
prohibidas en el cine y la televisión,
salvo si ellas tienen como fin el dar
muestra de los atentados contra los
derechos del animal.
Artículo
14
A) Los
organismos de protección y salvaguarda de
los animales deben estar representados a
nivel gubernamental.
B) Los
derechos del animal deben ser defendidos
por la ley, como lo son los derechos del
hombre |