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Reforma de la Ley de Propiedad Intelectual

Realmente me he quedado de piedra tras leer las nuevas tarifas del canon impuesto en la Reforma de la Ley de Propiedad Intelectual e impulsado por la SGAE.

a) Para equipos o aparatos digitales de reproducción de libros y publicaciones asimiladas reglamentariamente a libros:
1.º Escáneres o equipos monofunción que permitan la reproducción de documentos: 10 euros por unidad.
2.º Equipos multifuncionales de sobremesa con pantalla de exposición cuyo peso no supere los 17 kilos y la capacidad de copia no sea superior a 29 copias por minuto, capaces de realizar al menos dos de las siguientes funciones: copia, impresión, fax o escáner: 16,67 euros por unidad.
3.º Equipos o aparatos con capacidad de copia de hasta nueve copias por minuto: 16,67 euros por unidad.
4.º Equipos o aparatos con capacidad de copia desde 10 hasta 29 copias por minuto: 114,95 euros por unidad.
5.º Equipos o aparatos con capacidad de copia desde 30 hasta 49 copias por minuto: 153,28 euros por unidad.
6.º Equipos o aparatos con capacidad de copia desde 50 copias por minuto en adelante: 189,01 euros por unidad.
b) Para equipos o aparatos digitales de reproducción de fonogramas: 0,60 euros por unidad de grabación.
c) Para equipos o aparatos digitales de reproducción de videogramas: 6,61 euros por unidad de grabación.
d) Para soportes materiales digitales específicos de reproducción sonora, discos o minidiscos compactos para audio, sean o no regrabables: 0,35 euros por hora de grabación o 0,006 euros por minuto de grabación.
e) Para soportes materiales digitales específicos de reproducción visual o audiovisual, discos versátiles para video, sean o no regrabables: 0,70 euros por hora de grabación o 0,011667 euros por minuto de grabación. A estos efectos, se entenderá que una hora de grabación equivale a 2,35 gigabytes.
f) Para soportes materiales de reproducción mixta, sonora y visual o audiovisual:
1.º Discos compactos, sean o no regrabables: 0,16 euros por hora de grabación o 0,002667 euros por minuto de grabación. A estos efectos, se entenderá que una hora de grabación equivale a 525,38 megabytes.
2.º Discos versátiles, sean o no regrabables: 0, 30 euros por hora de grabación o 0,011667 por minuto de grabación. A estos efectos, se entenderá que una hora de grabación equivale 2,35 gigabytes.

Teniendo en cuenta que además no sólo amplia el canon, sino que reduce el concepto de copia privada. Sólo se podrán realizar copias en el ámbito familiar (ya no se podrá grabar un CD de música a un amigo, olvidaos del derecho a tres copias que teníamos), me pregunto si acabaré incurriendo en delito si le permito coger uno de mis auriculares al típico amigo que te pregunta el qué estás escuchando cuando llevas encima tu reproductor mp3. ¿Hasta que despropósitos llegaremos? ¿Cuántos me faltan por ver? Y lo peor de todo, ¿donde demonios haré copias de seguridad de los proyectos en los que trabaje sin tener que pagar un canon abusivo?

Al menos, en la tele, cuando aparecían los mafiosos chantajeando al dueño del restaurante en concepto de protegerle frente a los fortuitos actos vandálicos y delictivos que acaecían en el barrio, siempre aparecía el Equipo A, prófugos del sistema por cierto, para salvarles, y todos aplaudíamos.

Seguiré esperando que aparezcan.


Via: Escolar.net

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